impuestos
Compartir con mis amigos:

El emprendimiento es una actividad que exige esfuerzo y trabajo constante, al igual que conocimiento en todos los temas que sean relevantes para el mismo, y un tema que es indispensable conocer y mantener actualizado, sin duda es: Impuestos.

Empecemos por definir ¿Qué son los impuestos?

Según el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT), que como su nombre lo dice, es el órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y es la máxima autoridad fiscal encargada de cobro de impuestos en México.

“Los impuestos son una contribución (pago) en dinero o en especie, con la que cooperamos para fortalecer la economía del país. Los impuestos en todos los sistemas económicos de los países sirven para proveer de recursos al gobierno y éste pueda alcanzar los objetivos propuestos en su planeación.”

La obligación de contribuir es por mandato constitucional, es decir, tiene su origen en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 31, fracción IV:

“Es obligación de los mexicanos contribuir de manera proporcional y equitativa a los gastos públicos del país…”

La finalidad de la recaudación de impuestos es para satisfacer necesidades de carácter público como son: salud, seguridad, alumbrado, infraestructura, educación, etcétera.

Habiendo definido esto, tenemos que conocer qué tipo de contribuyente somos, existen dos tipos:

  • Persona física
  • Persona moral

1.- Persona física

Es un individuo que realiza cualquier actividad económica (vendedor, comerciante, profesionista, empleado, etc.) el cual tiene derechos y obligaciones

Los regímenes para las Personas Físicas se clasifican de acuerdo con sus actividades e ingresos y son:

  • Régimen Simplificado de Confianza
  • Sueldos y salarios e ingresos asimilados a salarios
  • Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales
  • Régimen de Incorporación Fiscal
  • Enajenación de bienes
  • Régimen de Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas
  • Régimen de Arrendamiento
  • Intereses
  • Obtención de premios
  • Dividendos
  • Demás ingresos

Como emprendedor es importante conocer los detalles sobre la actividad que planeas realizar y contar con una estimación lo más cercana a la realidad, de los ingresos que puedas tener en un mes y en un año, a fin de identificar el régimen fiscal en que debes tributar.

Régimen Simplificado de Confianza

Pueden inscribirse aquellas personas físicas que realicen únicamente actividades empresariales, profesionales u otorguen el uso o goce temporal de bienes, siempre que la totalidad de sus ingresos propios de la actividad o las actividades, obtenidos en el ejercicio inmediato anterior, no excedan de la cantidad de tres millones quinientos mil pesos.

Sueldos y salarios e ingresos asimilados a salarios

Los asalariados son personas contratadas por uno o varios empleadores, también conocido como patrón, que les asigna una serie de actividades durante su jornada laboral, les paga una cantidad en dinero periódicamente y les otorga ciertos beneficios, a esta paga se le conoce también como sueldo o salario.

Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales

Pueden tributar aquellas personas físicas que obtienen ingresos por actividades comerciales (restaurantes, cafeterías, escuelas, farmacias, etc.), industriales (minería, textil y calzado, farmacéutica, construcción), enajenación de bienes, de autotransporte, sin importar el monto de los ingresos que perciban. Así como aquellas personas físicas que presten servicios profesionales (médicos, abogados, contadores, dentistas, etc.)

Enajenación de bienes

Es aquel en el cual las Personas Físicas obtienen ingresos derivados de toda transmisión de propiedad de bienes ya sea a través de una venta o permuta.

Régimen de Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas.

Este esquema facilita y simplifica el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, al contar con la opción de que las plataformas tecnológicas les retengan el Impuesto sobre la renta (ISR) y el Impuesto al valor agregado (IVA) de forma definitiva y los paguen directamente al SAT, de esta forma ya no realizarán las declaraciones mensuales, en virtud de que las retenciones que les efectúe la plataforma tecnológica tienen el carácter de pago definitivo.

Para que puedan optar por considerar la retención de impuestos que realice la plataforma tecnológica como pago definitivo, sus ingresos no deben exceder de 300 mil pesos al año (incluyendo salarios e intereses).

Régimen de incorporación fiscal

Es un esquema al que pueden acceder personas físicas, cuyos ingresos al año no excedan de dos millones de pesos anuales, en este régimen puedes: Emitir facturas, declarar bimestralmente, tener una reducción en el pago de impuestos.

Régimen de Arrendamiento

Las personas físicas que son dueñas de un bien inmueble como una casa, edificio, departamento, local comercial, terreno o bodega y autorizan a otras personas para que lo utilicen por un tiempo y fines establecidos, a cambio de una cantidad periódica de dinero (renta).

Intereses

Es aquel en el que las personas físicas obtienen ingresos que les pagan las instituciones bancarias, de seguros y financieras, derivados de cuentas o inversiones bancarias, conocidos como intereses.

Obtención de premios

Es aquel en el cual las personas físicas obtienen como ingreso, un premio al resultar ganadoras en concursos autorizados legalmente, como pueden ser, rifas, sorteos, juegos con apuestas y celebración de loterías.

Dividendos

Es aquel en el cual las personas físicas también conocidas como socios o accionistas que forman parte de una Persona Moral, obtienen ingresos derivados de las utilidades que generan, denominados dividendos, ganancias o utilidades.

2 .- Persona moral

Es el conjunto de personas físicas, que se unen para la realización de un fin colectivo, son entes creados por el derecho, no tienen una realidad material o corporal (no se pueden tocar como tal como en el caso de una persona física), sin embargo, la ley les otorga capacidad jurídica para tener derechos y obligaciones.

El Código Civil Federal nos enlista quienes son consideradas personas morales:

Artículo 25:

  1. “La Nación, los Estados y los Municipios;
  2. Las demás corporaciones de carácter público reconocidas por la ley;
  3. Las sociedades civiles o mercantiles;
  4. Los sindicatos, las asociaciones profesionales y las demás a que se refiere la fracción XVI del artículo 123 de la Constitución Federal;
  5. Las sociedades cooperativas y mutualistas;
  6. Las asociaciones distintas de las enumeradas que se propongan fines políticos, científicos, artísticos, de recreo o cualquiera otro fin lícito, siempre que no fueren desconocidas por la ley.
  7. Las personas morales extranjeras de naturaleza privada, en los términos del artículo 2736.”

Y de igual manera hay que hacer un análisis del tipo de actividad que vamos a realizar y un estimado realista de los ingresos que obtendremos en el mes y en el año para saber a qué tipo de sociedad vamos a pertenecer.

Teniendo clara esta información podemos dar paso a la inscripción para el pago de impuestos en el Servicio de Administración Tributaria.